Seguros Nuez es una nueva compañía de seguros que nace del brazo del grupo Bankinter y como es dificil penetrar en un mercado tan competidor como el de los seguros, están empezando fuerte ofreciendo 3 seguros en uno.
Las principales líneas de negocio de seguros nuez son hogar, autos y motos. Es por esto que si pides presupuesto de los 3 seguros y finalmente contratas alguno de los tres, ellos te regalan los otros dos.
Tan sencillo como entrar en su web a través del banner inferior y rellenar un sencillo formulario bastante cómodo de ir respondiendo y en menos de 5 minutos os darán vuestro presupuesto de auto, moto y hogar (aunque puedes configurar solo si quieres moto y hogar, o moto y auto, o auto y hogar).
Una vez hayais reyenado el formulario, os presentarán el precio para los tres seguros. En el caso de la simulación que he realizado para los tres productos me aparece un total de 442 euros en seguros desglosados en:
- Auto: 263 euros.
- Hogar: 82 euros.
- Moto: 97 euros.
Indicar que actualmente estoy pagando por mi coche y el seguro del hogar en torno a los 570 euros anuales, por lo que si tuviera moto, me saldría cerca de los 700 euros al año.


He estado vicheando por ahi buscando seguros para mi coche y he encontradoestas clausulas del seguro que aqui se esta tratando, si son ciertas no me parece tan barato este seguro aunque te regalen tres o cuatro mas. A continuacion pego esas clausulas que encontre :
COCHE
CLAUSULAS LIMITATIVAS
Quedan excluidos de las modalidades de responsabilidad civil de suscripción obligatoria, así como
de todas las modalidades voluntarias, tanto los daños sufridos en el vehículo asegurado como los
causados por el vehículo asegurado, en los siguientes casos:
a) Cuando el vehículo asegurado sea conducido por una persona que carezca de permiso
de conducir, o éste no sea válido según las leyes españolas o haya quebrantado la
condena de anulación o retirada del mismo.
b) Cuando el vehículo asegurado sea conducido por una persona no declarada
expresamente en estas condiciones particulares o, cuando sea conducido por una
persona que carezca de permiso de conducir, o éste no sea válido según las leyes
españolas o haya quebrantado la condena de anulación o retirada del mismo.
c) En caso de participación del vehículo asegurado en apuestas o desafíos, carreras o
concursos, o en las pruebas preparatorias de los mismos.
d) Cuando los daños sean producidos por mala fe del Asegurado, del Tomador o del
Conductor autorizado por él, así como cuando en la declaración de siniestro se incurra
en falsedad intencionada o simulación, sin perjuicio de responsabilidad de otro orden
que proceda.
e) Los producidos con ocasión de ser conducido el vehículo asegurado por una persona
que se halle en estado de embriaguez o bajo los efectos de drogas, tóxicos o
estupefacientes. Se entenderá que existe embriaguez cuando el conductor supere
los límites de alcoholemia vigentes, en sangre o aire espirado, sea condenado por el
delito específico de conducción en estado de embriaguez o, cuando en la sentencia
dictada condenando al mismo se recoja esta circunstancia como causa concurrente del
accidente.
f) Los producidos con ocasión de ser conducido el vehículo asegurado por una persona
que se halle bajo los efectos de drogas, tóxicos o estupefacientes o, cuando la tasa de
alcoholemia del conductor sea positiva, cualquiera que fuera la graduación y aunque
no se superen los límites legales. También se aplicará la exclusión cuando la sentencia
dictada condene al conductor por el delito específico de conducción en estado de
embriaguez o, cuando en la sentencia se recoja esta circunstancia como causa
concurrente del accidente.
g) Los producidos con ocasión del incumplimiento de las obligaciones legales de orden
técnico relativas al estado de seguridad del vehículo.
h) Cuando los daños sean ocasionados como consecuencia de actos de terrorismo.
i) Los producidos con ocasión de ser conducido el vehículo asegurado por una persona
menor de 26 años.
j) Quedan excluidas las coberturas voluntarias en caso de que en el momento del siniestro
el conductor no lleve puesto el cinturón de seguridad, como tampoco en caso de que
estuviera haciendo uso de un dispositivo móvil no permitido por la legislación vigente.
Mano, has “bicheado” también las clausulas de cualquier otro seguro de coches??? lo digo porque las clausulas que pones son exactamente las mismas que en otros seguros….
Cual de ellas dices que hacen que el seguro no sea tan barato?